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Jubilación del Seguro Social

Jubilación del Seguro Social

La pensión se entiende como un seguro social frente a los riesgos laborales, desempleo, accidente de trabajo, enfermedad, seguro médico, invalidez o contra la vejez o jubilación u otras circunstancias sobrevenidas por dependencia como la discapacidad, viudez, orfandad, la separación o divorcio y otras.

Las pensiones han sido, tradicionalmente, un pago a un empleado jubilado o inválido o al cónyuge y descendientes de un empleado fallecido. Existen distintos tipos de pensiones:

Pensiones contributivas:

Una pensión contributiva es la que se ha pagado durante la vida laboral (por el pensionista y/o la empresa) y da derecho a recibir una pensión. Pensión de jubilación, pensión por desempleo (seguro de desempleo o subsidio de desempleo)

Pensiones no contributivas:

En las pensiones no contributivas asi como su nombre lo indica, no se ha pagado por ese derecho directamente ya que se deriva del sistema de protección general o de las leyes establecidas. Dentro de este tipo de pensión está la de viudedad/viudez, pensión de orfandad, pensión al cónyuge, pensión alimenticia y programa Social de Seguridad.

El Seguro Social es el programa federal que da fondos para asistencia social y seguro a diversos planes sociales. El monto del beneficio mensual a la que el trabajador tiene derecho depende de su reporte de ganancias y en la edad en que decida recibir beneficios.

Edad de Elegibilidad:  La edad básica de jubilación es 65 años, pero dependerá del año de nacimiento para recibir los beneficios completos. Quienes nacieron antes de 1938 cumplen con la edad normal de jubilación de 65 años. A partir de ese año aumenta en dos meses por cada año siguiente de su nacimiento hasta el año 1943. A partir de los nacidos en 1943 la edad para pensionarse aumenta a 66 años hasta el año de nacimiento de 1955. A partir de entonces, la edad normal de jubilación aumenta de nuevo por dos meses por cada año hasta los nacidos en 1960 en la cual la edad para pensionarse será de 67 años.

También es posible pensionarse antes de la edad establecida pero con reducciones, dependiendo de lo anticipado de la jubilación. Además es posible retardar la edad de jubilación para aumentar los beneficios de las prestaciones.

Los beneficios cambian de la cantidad aportada a lo largo de la vida de los trabajadores, así como el tiempo que han contribuido. También influye el hecho de ser casado, si trabaja para el gobierno, etc.

Pensión Privada: Existen planes de pensión por medio de fondos de pensiones privados. Estos planes pueden ser utilizados por empresas privadas o por personas independientes. Además si es extranjero también se puede invertir en fondos de privados de pensiones. En general la ley no impone a las empresas la obligación de tener un plan de pensión; sin embargo, cuando se establecen voluntariamente o como resultado de una negociación colectiva, deben apegarse a la legislación contractual y a la normativa específica existente.

Planes de Participación en las ganancias Este tipo de plan se refiere a los planes de incentivos diversos que ofrecen ayudas directas o indirectas a los empleados que dependen de la rentabilidad de la compañía, además de sueldos de los empleados regulares y bonificaciones. En empresas que cotizan en bolsa estos planes suelen importe de la asignación de acciones a los empleados.

Plan de Contribución Definida: Un plan de contribución definida es un plan patrocinado por su empleador con una cuenta individual para cada persona. El dinero es aportado por el empleador y deducen directamente del salario del empleado. El participante es responsable de seleccionar los tipos de inversiones a realizar. Los fondos de estos planes no podrán retirarse sin penalización hasta que el inversor llega a la edad de jubilación.